A.R.I.C.O MEMORIA ARAGONESA

Asociación por la Recuperación e Investigación Contra el Olvido

LAS VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO EXIGEN AL PAPA FRANCISCO QUE LA IGLESIA PIDA PERDÓN POR SU APOYO A LA DICTADURA Y A LA REPRESIÓN

Escrito por: ARICO MEMORIA ARAGONESA en 11/10/2013

LAS VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO EXIGEN AL PAPA FRANCISCO QUE LA IGLESIA PIDA PERDÓN POR SU APOYO A LA DICTADURA  Y A LA REPRESIÓN

·        EN UNA CARTA AL PAPA SOLICITAN QUE SUSPENDA EL ACTO DE BEATIFICACIÓN DE 522”MÁRTIRES DE LA FE” DEL PRÓXIMO DOMINGO

·        LA PLATAFORMA POR LA COMISIÓN DE LA VERDAD PIDE SU APOYO A LAS DEMANDAS DE LAS VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO

La Plataforma por una Comisión de la Verdad sobre los crímenes del franquismo solicita en una carta al Papa Francisco que pida perdón por el apoyo que la Iglesia dio al golpe militar y a la dictadura-

Reclaman que ayude a la búsqueda de verdad,  justicia y reparación para las víctimas y suprima la beatificación de 522 «mártires de la fe» prevista para el domingo.

La Plataforma denuncia la celebración de este acto el próximo domingo en Tarragona. “Bajo la capa de un acto religioso, la jerarquía está haciendo un acto político de afirmación franquista» señala en su carta al Papa, “ensalza a unas víctimas con beatificaciones y canonizaciones en masa y, por otra,  olvida a las de la represión franquista, incluidos miembros de la iglesia”.

CARTA AL PAPA DE LA PLATAFORMA POR LA COMISIÓN DE LA VERDAD SOBRE LOS CRÍMENES DEL FRANQUISMO ANTE EL ANUNCIO DE PRÓXIMAS BEATIFICACIONES.

Papa Francisco:

La Plataforma por la Comisión de la Verdad (1), que representa a más de un centenar de asociaciones de la memoria democrática, de víctimas y familiares (1) tiene un fin: que se constituya una Comisión de la Verdad sobre los crímenes del franquismo y que, esclarecidos los hechos, haya justicia y reparación a las víctimas.

Usted debe saber que la Iglesia Católica apoyó la sublevación militar de Franco contra la República Española en 1936, consideró la guerra civil como “una cruzada” apoyando a los generales sublevados, legitimó su dictadura fascista y la feroz represión que ésta ejerció sobre los españoles. Durante los años de la dictadura, en todos los tiempos católicos de España se recordaba a las víctimas de un lado, el franquista: “Caídos por Dios y por España” y se olvidaba a lo centenares de víctimas del franquismo, incluidos  miembros de la Iglesia (curas vascos asesinados, laicos luchadores por la justicia y la libertad, curas de la cárcel de Zamora…).

Muerto el Dictador nada cambió. Durante el actual período democrático la Jerarquía católica española ha perpetuado esta misma línea de actuación. Por una parte,ensalza a unas víctimas con beatificaciones y canonizaciones en masa y, por otra,  olvida a las de la represión franquista. Entendemos que cada uno tiene derecho a hacer lo que quiera para honrar a sus víctimas, pero no a utilizarlas para obtener privilegios del Estado y olvidarse de las otras víctimas. Y menos que lo haga con la aureola de la “paz y la concordia”. Nos parece una postura hipócrita y cínica cuando la Iglesia fue parte de las fuerzas que provocaron las víctimas con la guerra y con su dictadura.

Nos ha dejado consternados el anuncio de que 522 personas van a ser beatificadas como “mártires de la Fe”. Lo que no nos sorprende, pero confirma lo que decimos.

Por otra parte, vemos que la Jerarquía Católica con este “ensalzar a sus víctimas” y olvidarse de las que produjo la dictadura franquista se reafirma en su empecinamiento de apoyo y legitimación del franquismo y colabora en que éste siga presente en la democracia española después de muerto el Dictador y así la Iglesia (Jerarquía y clérigos) sigan manteniendo su dominio y privilegios en España. Respecto a las víctimas, a la Jerarquía no le ha movido la concordia, la paz, la justicia, la humanidad… le ha movido el poder y los privilegios apoyando y legitimando al franquismo.

La Plataforma por la Comisión de la Verdad se ha constituido porque el Estado, después de 35 años de democracia con distintos gobiernos, no solo no ha mostrado interés si no que ha puesto obstáculos a buscar la verdad sobre los crímenes de la dictadura franquista. Como han recordado distintos organismos internacionales, y recientemente el Grupo de trabajo de la ONU sobre desapariciones forzadas,  el Estado tiene la obligación de asumir la tarea de investigar el paradero de esas víctimas de desaparición por la represión franquista y de los niños robados durante la dictadura y hasta fechas recientes.

Recibimos noticias de su personal actitud humanitaria ante la vida, los hechos sociales y políticos y es por eso por lo que, con el respeto debido, nos dirigimos a usted para exigir que la Iglesia Católica:

1º) Pida perdón a los españoles por haber apoyado y legitimado la rebelión militar y la dictadura de Franco que tantas víctimas causó.

2º) Apoye a las víctimas del franquismo para buscar la verdad, la justicia y su reparación.

3º) Suprima la beatificación prevista para el día 13-10-2013. Porque, bajo la capa de acto religioso la jerarquía está haciendo un acto político de afirmación franquista ya que ensalza a unas víctimas y olvida, como siempre, a las víctimas de la dictadura.

Un cordial saludo.

http://www.comisionverdad.fibgar.org/

http://comisionverdadfranquismo.com/

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“ESPAÑA ES EL SEGUNDO PAÍS CON MÁS DESAPARECIDOS TRAS CAMBOYA”

Escrito por: ARICO MEMORIA ARAGONESA en 09/10/2013

“ESPAÑA ES EL SEGUNDO PAÍS CON MÁS DESAPARECIDOS TRAS CAMBOYA”

JUECES PARA LA DEMOCRACIA CRITICA LA «INADMISIBLE» ACTITUD DEL GOBIERNO CON LAS VÍCTIMAS

ESPECIAL TODA LA INFORMACIÓN SOBRE LA MEMORIA HISTÓRICA

NATALIA JUNQUERA MADRID 9 OCT 2013

La asociación Jueces para la Democracia ha criticado hoy con dureza al Ejecutivo por «incumplir» la ley de memoria histórica al dejarla sin fondos para su aplicación y ha recordado la reclamación de los enviados de Naciones Unidas a España para adoptar las medidas legales y judiciales necesarias para asegurar que las desapariciones forzadas no sean crímenes sujetos a amnistía. En un comunicado, la asociación critica la actitud del Gobierno, que «está llevando no solo a la impunidad de los delitos cometidos durante la dictadura, sino a que se queden materialmente sepultados en el olvido»  y asegura que las autoridades está haciendo «dejación de sus funciones», permitiendo que sigan existiendo «decenas de miles de personas enterradas en fosas comunes».

Los jueces recuerdan que España, con más de 114.000 desaparecidos, es «el segundo país del mundo, tras Camboya, con mayor número de personas víctimas de desapariciones forzadas cuyos restos no han sido recuperados ni identificados».

«No podemos compartir de ningún el modo el discurso de que la recuperación de la memoria democrática suponga reabrir heridas. Resulta inadmisible que un Estado democrático siga negando a toda la sociedad el derecho a conocer el pasado y la necesidad de establecer un plan de administración programado, sistemático y financiado públicamente que permita con agilidad la localización y la sepultura digna de todas aquellas personas que fueron asesinadas con ocasión del golpe militar de 1936 y la posterior represión franquista», concluye el comunicado.

El Gobierno ha derogado de facto la ley de memoria histórica al dejarla sin fondos por segundo año consecutivo, como ya contó este diario el pasado domingo. Por eso precisamente una de las peticiones de los enviados de la ONU tras su visita a España ha sido que el Gobierno asuma como una “política de Estado” la localización de los desaparecidos del franquismo y que “proporcione los fondos adecuados para que la ley de Memoria pueda aplicarse eficazmente”.

En los presupuestos de 2012, el Gobierno pegó el primer hachazo: de 6,2 millones de euros del último Ejecutivo socialista a 2,5 (un 60% menos), exclusivamente para la apertura de fosas. Las asociaciones aguardaron a la convocatoria en el BOE del concurso de subvenciones. Nunca llegó.

Al año siguiente, la partida fue de 0 euros y en 2014, ídem. En 2012, el Gobierno cerró, además, la oficina de atención a las víctimas, creada en 2008.

El ministro, Alberto Ruiz-Gallardón, aseguró en septiembre: “El Gobierno cumple y desarrolla lo dispuesto en la ley. Gestiona el mapa de fosas. Este año se han incorporado 27 nuevas localizaciones hasta elevarse a 2.382, ofreciendo una herramienta que permite reconocer el deber de recordar. Es cierto que las medidas de contención del gasto público han obligado a declarar no disponibilidad de créditos para las asociaciones, pero desde 2006 estas asociaciones han recibido 25 millones de euros. También es cierto que las actividades de localización y exhumación de gran importancia pudieron llevarse a cabo hasta 2011”.

Pero las asociaciones niegan la mayor. De esas 2.382 fosas localizadas, se han abierto menos de 400. La asociación para la recuperación de la memoria histórica (ARMH) tiene 41 en lista de espera, mientras busca los recursos para la exhumación, y alerta de que el laboratorio de estudio de restos de Ponferrada (León) puede cerrar por falta de financiación. Una familia acaba de recurrir al crowdfunding (colecta por internet) para reunir el dinero para exhumar a sus parientes de una fosa común en Borriol (Castellón).

http://politica.elpais.com/politica/2013/10/09/actualidad/1381322308_843838.html

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Fotografía a tamaño real de una fosa común con esqueletos de 29 fusilados colocada en la Puerta del Sol en 2010. / CRISTÓBAL MANUEL

 

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«FAMILIAS DE CALATAYUD VIVIERON DE VENDER EL PLOMO DE LOS FUSILAMIENTOS»

Escrito por: ARICO MEMORIA ARAGONESA en 07/10/2013

 

EL GRUPO DE TRABAJO SOBRE DESAPARICIONES FORZOSAS DE LA ONU EN BARCELONA RECOGIÓ TESTIMONIOS DE FAMILIARES DE DESAPARECIDOS DURANTE LA GUERRA CIVIL Y EL FRANQUISMO

JAVIER CORIA BARCELONA 07/10/2013 

Son 150.000 las víctimas de desapariciones forzadas o involuntarias, lo que pone a España como el segundo país, después de Camboya, en este ranquin macabro. Hablamos con Ana Calahorra y Fermina Iglesias, cuyos abuelos desaparecieron el año 1936 en el pueblo de Torrijos de la Cañada, provincia de Zaragoza.

Ana, con voz temblorosa y emocionada y ante una sala repleta de gente, se dirigió a los miembros de la misión de Naciones Unidas, presidida por Jasminka Dzumhur. Por primera vez podía hacerse oír en un foro público, delante de unos funcionarios venidos de lejos, porque por desgracia, en su país, los diferentes gobiernos de la democracia nunca se tomaron en serio la tarea de buscar y reparar la memoria de las víctimas que están en las cunetas y las fosas comunes. Los verdaderos padres de esta débil e imperfecta democracia, los que lucharon por ella desde diferentes ópticas e ideologías, sus restos aún están sin identificar.

¿Cuál es vuestro caso?

Ana: Venimos a exponer el caso de nuestros abuelos, desaparecidos en Torrijos de la Cañada. Mi abuelo se llamaba Lucas Calahorra, y el de Fermina, Jerónimo Iglesias. Se los llevaron en diferentes fechas. A mi abuelo se lo llevaron junto a otras tres personas. Lo sacaron del ayuntamiento después de sufrir torturas y denegarle agua para beber. Era vicesecretario del sindicato UGT. En una furgoneta negra de las fuerzas de asalto se lo llevaron a la cárcel de Calatayud -en el antiguo Mercado de Abastos- donde prosiguieron las torturas y los golpes. Estuvo durmiendo en el suelo durante un mes, hasta que una mañana se lo llevaron a un barranco. Mi abuela dice que fue el de la Bartolina, pero la información de los familiares me llevó a Cetina (Zaragoza). Allí encontramos una fosa común con restos de 12 personas. Se exhumó la fosa, pero no hemos podido identificar los restos genéticamente, sólo en el caso de dos personas. No recibimos ayuda de nadie, sólo el trabajo de los voluntarios de las organizaciones para la memoria histórica. Además de tener la desgracia de buscar y desenterrar a nuestros muertos, cosa que deberían hacer los jueces y las instituciones, debemos pagarnos las pruebas de ADN. A mí me falta identificar tres ADN de esa fosa, que están pendientes por hacer, quizá uno sea mi abuelo, pero ahora no hay ningún tipo de ayuda.

Fermina: Mi abuelo suponemos que está enterrado también allí, porque tenía más de 60 años y hay unos huesos que corresponderían con esa edad, pero como dice Ana, ahora no tenemos medios para que se hagan los análisis correspondientes. A mi abuelo se lo llevaron una noche, lo sacaron de la cama, enfermo y descalzo. Nunca más se le volvió a ver. Mi padre tenía 15 años y fue testigo, junto a mi abuela y mi tía que estaba embarazada. El abuelo era vocal de la UGT y estaba significado por apoyar la legalidad republicana, pero su detención fue porque denunció una compra ilegitima de unas tierras del pueblo por parte de los caciques. Gracias a las investigaciones de Ana pudimos localizar el expediente de mi abuelo. Se lo clasificaba como «rojo» y que había tenido una pelea con un guardiacivil, y fueron ellos los que se lo llevaron. En los expedientes de responsabilidades políticas de los muertos que hemos podido ver, constan las listas de los bienes que les requisaban al ser detenidos. Se llevan sillas y hasta los manteles de hule. A mi abuela le quietaron un burro viejo que tenía, y las tierras que les daban de comer. Pero no contentos con eso, les ponían multas a las viudas. Mi padre, como hijo de viuda, no debería haber hecho el servicio militar, pero como el abuelo constaba como desaparecido y no fallecido, mi padre se pasó 3 años de mili, al volver tuvo que enterrar a su madre que vivió esos años casi en la indigencia. Esto fue un exterminio, un genocidio, tenían ganas de que no quedase rastro de los ideales democráticos de izquierdas, y que no quedase nadie vivo para defenderlos.

En el barranco de la Bartolina hay 800 víctimas. Como las cárceles estaban tan llenas, los asesinaban en las cunetas o en fosas comunes como en este barranco. Aunque está en medio de la nada, llegaron a poner tendido eléctrico para tener luz y poder seguir fusilando por la noche. Se da el caso que, durante años, muchas familias de Calatayud vivieron de vender el plomo de las balas de los fusilamientos, lo que te da la medida de la cantidad de balas que había en la Bartolina. Por la noche se veían fosforescencias –fuegos fatuos- de la cantidad de huesos que había. Con las riadas muchos huesos salieron a la luz. Había animales que los devoraban y las personas los cogían en bolsitas –todo esto sin que ninguna autoridad actúe hasta ahora- como recuerdo. Pero las víctimas de la Guerra Civil están a más profundidad. Mientras estuvo allí el gobierno del PP, lo convirtieron en un vertedero de basura, que luego se compactó, haciendo imposible y peligroso poder escavar allí. Si quieres recuperar a tu ser querido, a lo mejor esté allí, debajo de un montón de basura…

Quizá sea esta la mejor metáfora de lo que los diferentes gobiernos de la democracia, tanto PSOE como el PP, pasando por los autonómicos de uno u otro signo, han hecho con la memoria histórica de la Guerra Civil y del franquismo, compactarla y enterrarla sin la necesaria justicia y reparación. Ana Calahorra, en la web de la Memoria Histórica de Catalunya, escribe: «Las familias los estamos buscando, necesitamos ayuda. Sin rencores, ni odios, tampoco venganza. Sólo por justicia, los buscamos sólo por amor».

http://www.publico.es/473078/familias-de-calatayud-vivieron-

de-vender-el-plomo-de-los-fusilamientos

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Ana Calahorra y Fermina Iglesias. -FRANCESC SANS

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LOCALIZADAS LAS ZONAS DE ENTERRAMIENTO DE 43 FUSILADOS EN 1937

Escrito por: ARICO MEMORIA ARAGONESA en 07/10/2013

LOCALIZADAS LAS ZONAS DE ENTERRAMIENTO DE 43 FUSILADOS EN 1937

LA EXHUMACIÓN HA SIDO PEDIDA AL AYUNTAMIENTO TRAS EL CIERRE DEFINITIVO DEL CEMENTERIO

REDACCIÓN CÁDIZ

El colectivo Recuperación de la Memoria Histórica y Social de Andalucía ha localizado los lugares de enterramiento en el antiguo cementerio de San José de Cádiz de 43 personas que fueron fusilados a principios de 1937, en la primera etapa de la Guerra Civil, por su filación republicana. Esta información exhaustiva, que ha sido investigada por el historiador José Luis Gutiérrez Molina, se especifica el nombre del condenado a muerte, el tribunal que dictó la sentencia, así como el certificado de enterramiento de cada una de las víctimas, lo que podrá facilitar su localización una vez se inicien los trabajos de exhumación de los restos. 

El Ayuntamiento ya cerró de forma oficial el cementerio de la ciudad, clausurado para enterramientos desde enero de 1992, estando pendiente de la orden de la Junta para hacer firme esta decisión. A partir de ahí se iniciará un proceso, lento y complicación, de exhumación de restos que han sido requeridos por familiares o por colectivos como el de la Memoria Histórica, con el que el mismo Ayuntamiento ha cerrado un convenio para colaborar en este proceso. Antes de ello se procederá al derribo de las cuarteladas que aún siguen en pie, teniendo en cuenta que bajo algunas de ellas descansan restos de personas cuyos nombres forman parte de la lista que ya tiene el municipio para su exhumación tras recibir una petición particular. 

El resto de enterrados, que se cuentan por miles, serán exhumados y trasladados a Chiclana por el propio Ayuntamiento.

http://www.diariodecadiz.es/article/cadiz/1618218/localizadas/las/

zonas/enterramiento/fusilados.html

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RECUPERAN LOS RESTOS DEL ´SOLDADO DESCONOCIDO´ DE EL TORO

Escrito por: ARICO MEMORIA ARAGONESA en 06/10/2013

RECUPERAN LOS RESTOS DEL ´SOLDADO DESCONOCIDO´ DE EL TORO

ES EL ESQUELETO DE UN VARÓN JOVEN QUE MURIÓ HACE 75 AÑOS EN LAS POSTRIMERÍAS DE LA GUERRA CIVIL

ANA MONLEÓN Coincidiendo con el 75 aniversario de la Batalla del Levante y gracias al micromecenazgo y a la solidaridad de los familiares que gestionaron la exhumación de Borriol, el grupo para la recuperación de la Memoria Histórica de la Comunitat Valenciana halló el pasado viernes a mediodía el cuerpo del «soldado desaparecido» de El Toro.

Junto con el cuerpo, han aparecido varias tiras de munición, así como parte del macuto y los botones del uniforme. Según los expertos, se trata de un varón joven, cuyos restos óseos han aparecido prácticamente enteros boca arriba y con los brazos doblados hacia la cabeza. Tal como explicó el director arqueólogo de la operación, Miguel Mezquida, «fue localizado muy rápido y ha salido prácticamente completo». Un hecho que, después de finalizar sin éxito la exhumación de Borriol, según Mezquida ha supuesto «una gran satisfacción, tanto para el equipo técnico como para los voluntarios y vecinos de El Toro que han ido orientándonos en la búsqueda y acotación de la zona».

Los restos se hallaron en el Puntal de Magañá donde, según comenta Mezquida, «habría mucho restos de soldados fallecidos durante la Guerra Civil». Tras el hallazgo, el equipo del GRMH valenciano, siguiendo el protocolo de la Ley de la Memoria Histórica, dio parte a la Guardia Civil que, junto con la policía judicial, acudió hasta el lugar de los hechos para dar fe de que el cadáver pertenecía a un soldado y poder así proceder a su exhumación.

Durante la jornada de ayer un total de cinco arqueólogos, dos paleontólogos, una historiadora y varios voluntarios estuvieron trabajando en la exhumación del cuerpo para trasladarlo hasta Madrid y comenzar su estudio antropológico. No obstante, los expertos decidieron alargar la exhumación tras localizar nuevos restos óseos al realizar una cata junto a la fosa. Estos nuevos restos podrían pertenecer a otro esqueleto, por lo que los profesionales trabajarán hoy de nuevo en la zona para esclarecer el origen de este nuevo hallazgo.

http://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2013/10/06/

recuperan-restos-soldado-desconocido-toro/1039057.html

toro

Los restos óseos, tal como aparecieron ayer. GRMH

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LA FOSA COMÚN

Escrito por: ARICO MEMORIA ARAGONESA en 06/10/2013

LA FOSA COMÚN

YA ACABADA LA GUERRA, FUE UN ESTADO EL QUE DECIDIÓ QUE MEDIA ESPAÑA DEBÍA PISOTEAR A LA OTRA MEDIA PARA QUE NO VOLVIERA A LEVANTARSE

JOAQUÍN PÉREZ AZAÚSTRE 6 OCT 2013

“Los muertos vuelan en la luz, se acuerdan de los árboles y lloran”, escribe José Luis Rey en un poema de Volcán vocabulario. Es cierto: los muertos vuelan, nos sacuden, en la luz y en el aire, o quedan sumergidos en el mar de una tumba inasible, como ocurrió en Argentina durante la dictadura. Han desaparecido, pero están: mientras quede el recuerdo, mientras guarden su voz, en la palabra alzada de los familiares que siguen vindicando esa dignidad del reconocimiento del lugar y del crimen, de la atrocidad. Es lo que ha venido a decir la comisión de expertos de la ONU que ha visitado la fosa común del cementerio de Sevilla: que la combinación de la ley, los jueces, los fiscales y la Ley de Amnistía de 1977 ha ido logrando que en España exista lo que se ha llamado un “patrón de impunidad” en los casos de desapariciones forzadas ocurridas durante la Guerra Civil y la dictadura; así, estamos ante “una lamentable impunidad, no hay ninguna investigación judicial efectiva ni ninguna persona condenada”. Para la comisión, “el Estado debe comprometerse de manera más activa”.

Los expertos piden que las desapariciones forzadas sean tratadas como “delitos no prescriptibles”, y denuncian sendas diferencias, en cuanto a la colaboración institucional, en función del partido que gobierne en cada territorio. Así, la implicación administrativa en la búsqueda de las víctimas “depende altamente del partido político gobernante en cada lugar”, lo que conlleva “un trato diferente de las víctimas dependiendo del lugar de la fosa y no ofrece igualdad de aplicación de la Ley de Memoria Histórica”.

Nada, en realidad, que no supiéramos; pero algunas verdades, por más que sean conocidas, se hacen más evidentes en los ojos ajenos que nos cercan, nos estudian, sin la sutileza entretejida e interior de las medias verdades para una concordia.

Para empezar, quizá ya habría que distinguir entre los crímenes de la Guerra Civil y todos los posteriores. Porque durante la guerra había dos bandos en liza, cada uno con sus víctimas y con sus verdugos; y, aunque es cierto que uno de ellos tiene cubierto el país con sus placas de mármol a todos los caídos por Dios y por España, y no hay ningún lugar que nos recuerde a los otros caídos, sino un silencio opaco de años tétricos, conviene no olvidar que en una guerra civil, haya o no recuerdo de sus muertos, la crueldad, la barbarie, el abuso y el crimen se da —se dio— en los dos bandos. Sin embargo después, ya acabada la guerra, cautivo y desarmado el ejército rojo, es todo un aparato ejecutor formado por autoridades militares y civiles, magistrados, fiscales, fuerzas del orden —represivo—, de un Estado, el que decidió que media España debía pisotear a la otra media, en palabras de Jaime Gil de Biedma, para que no volviera a levantarse.

El asunto debiera concernirnos a todos. La crisis económica no debiera apartarnos de la inmediatez moral de un pueblo, pero sin apoyarnos en una terminología partidista que, en lugar de integrar, sigue recrudeciendo nuestras viejas heridas. Es lo que falló —lo que sigue fallando— en la comunicación de la Ley de la Memoria: que aunque entonces fueron los muertos de uno de los bandos, ahora ya tenemos uno solo: el democrático, el de la dignidad del ciudadano; del mismo modo que, al mirar a la Guerra Civil, ya todas las víctimas son nuestras. Lo decía Ignacio Martínez de Pisón en su estupenda novela Enterrar a los muertos: porque hay que enterrarlos ya, a los muertos de todos, por una cuestión de salud ética. Aunque cada uno tenga su propia lista de pérdidas, cuando se mire hacia atrás, como cuando se piensa en los asesinados durante la Transición o poco después de la muerte del dictador, no podemos seguir posicionándonos en función del bando familiar durante la contienda —tantas familias rotas por la guerra—, sino como víctimas por la democracia.

Precisamente por eso, hay que desterrar la impunidad. Quizá pocos verdugos podrán pagar por sus crímenes: algunos de ellos, además, no sólo fueron mantenidos en sus cargos, sino condecorados, por los primeros Gobiernos democráticos. Pero la necesidad de saber, la dignidad de saber, no puede ser obstaculizada por ninguna instancia administrativa. Se nos ha dicho que estas cosas es mejor olvidarlas, que hay que estar en el hoy. Pero por ese supuesto bien común, hemos ido cavando, todos estos años, una fosa común de enfrentamiento y de injusticia, en lugar de entender que, ya en democracia, aquellos muertos son muertos de todos.

Joaquín Pérez Azaústre es escritor

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/10/03/andalucia/1380821155_434007.html

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Esqueletos de una fosa común con las manos atadas con alambres, en Málaga. / JULIÁN ROJAS

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GARZÓN: «LA ELIMINACIÓN DE LA CONNOTACIÓN FASCISTA DEL VALLE DE LOS CAÍDOS SERÍA EL MAYOR ACTO DE REPARACIÓN COLECTIVA»

Escrito por: ARICO MEMORIA ARAGONESA en 06/10/2013

GARZÓN: «LA ELIMINACIÓN DE LA CONNOTACIÓN FASCISTA DEL VALLE DE LOS CAÍDOS SERÍA EL MAYOR ACTO DE REPARACIÓN COLECTIVA»

ACUSA A LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE HABER DEJADO DESAMPARADAS A LAS VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO: «ES LA DEUDA QUE CADA UNO DE ELLOS TENDRÁ QUE LLEVAR SIEMPRE»

RAFAEL GUERRERO SEVILLA 05/10/2013 08:00 ACTUALIZADO: 05/10/2013

La visita a España del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzosas de Naciones Unidas es calificada de «espaldarazo importante» para el movimiento memorialista por el ex magistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, que en una entrevista concedida al programa ‘La Memoria’ de Radio Andalucía Información analiza con detalle la creciente proyección exterior de la memoria histórica española. El actual asesor del Tribunal Penal Internacional arremete una y otra vez contra el poder judicial y en especial contra el Tribunal Supremo, a cuyos magistrados acusa de haber dejado desamparadas a las víctimas del franquismo. «Es la deuda que cada uno de ellos tendrá que llevar siempre», dice al tiempo que pide la anulación de la Ley de Amnistía, aunque considera que su vigencia no impediría juzgar el genocidio franquista.

Garzón apela a la dignidad y a la ética para que los jueces se personen en las exhumaciones de fosas comunes. «Tienen que ir, estar, identificar y ordenar que practique lo que proceda. Lo que no pueden hacer es inhibirse. Y eso es lo que han propiciado resoluciones como la del Tribunal Supremo». El juez que abanderó en los años 90 la aplicación del principio de jurisdicción universal contra las dictaduras argentina y chilena espera que el Gobierno español tome nota de las recomendaciones de los funcionarios de la ONU y cree que «la eliminación de la connotación fascista del Valle de los Caídos sería el mayor acto de reparación colectiva integral».

Trece años después de la primera exhumación de una fosa común en España con metodología científica homologada a nivel internacional, el movimiento para la recuperación de la memoria histórica atraviesa un momento procesal de máxima proyección exterior. Y va ‘in crescendo’ ¿no?

El problema es que durante muchos años esto se olvidó. Desde septiembre de 2013 este movimiento ha recibido un espaldarazo importante por la visita del grupo de trabajo de desapariciones arbitrarias de Naciones Unidas, que ha tenido la ocasión de comprobar la realidad española. En su informe preliminar ha dicho que España tiene que hacer frente a una deuda histórica, tiene que proteger a las víctimas y hacer todo lo necesario para anular la Ley de Amnistía.

Estos expertos de la ONU han puesto el dedo en la llaga principal desde el punto de vista jurídico-político, la Ley de Amnistía de 1977, principal pretexto que se utilizó contra la investigación judicial que usted abrió hace ahora 5 años con su auto en el otoño de 2008. Ellos coinciden con usted en que las desapariciones forzadas son crímenes que no pueden estar sujetos a la amnistía.

Recuerdo las expresiones entonces del juez Luciano Varela sobre la Ley de Amnistía diciendo que hacíamos aberraciones. Creo que es una ley que no debería impedir que se investigaran esos crímenes de lesa humanidad y sistémicos porque no está ni fue hecha para garantizar esa impunidad.

Los expertos han reconocido su trabajo de entonces y recomiendan al Gobierno de Rajoy que ponga a disposición pública la base de datos de los 114.000 desaparecidos con las listas que le entregaron historiadores y asociaciones memorialistas.

Los 1 14.000 desaparecidos fueron fruto del primer esfuerzo de recuento que hicieron las asociaciones de víctimas en 2008. Luego acordé un dictamen pericial y se creó un sistema y una base de datos con una horquilla que como mínimo contabilizaba 136.000 víctimas y como máximo entre 150.000 y 156.000 víctimas, con una tendencia que iría en aumento.

¿Qué hacer entonces con la Ley de Amnistía, derogarla o interpretarla de otra manera, como sucede en Chile, donde la ley de punto final no fue derogada y, sin embargo, hay 800 militares encarcelados tras haber sido condenados? Los expertos de la ONU sostienen que aquí también se podría juzgar con la Ley de Amnistía vigente.

Estoy absolutamente de acuerdo con el grupo de expertos de la ONU en que la Ley de Amnistía permitiría investigar los crímenes del franquismo. Lo que pasa es que el Tribunal Supremo, de forma arbitraria, ha hecho una interpretación contraria en una decisión corporativa que va en contra de la tendencia mayoritaria en el derecho internacional y los derechos humanos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos y el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos son meridianamente claros en el sentido contrario. Yo citaba mucha jurisprudencia apoyando mis resoluciones de entonces. Es decir, que nunca puedes interpretar la Ley de Amnistía como el obstáculo que impida la investigación de crímenes de sistema, de lesa humanidad, de genocidio, que son crímenes permanentes e imprescriptibles. Esta tendencia arranca a comienzos del siglo XX. Ahora el país que fue abanderado a finales de los 90 en la lucha por la jurisdicción universal es el país más restrictivo, precisamente en la interpretación de la Ley de Amnistía cuando previamente se mostró en contra de esa interpretación respecto a Argentina en el ‘caso Scilingo’.

¿Puede tener algo que ver en esto la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de 2009, en la última etapa de Gobierno socialista, que redujo la competencia de los tribunales españoles para la aplicación del principio de jurisdicción universal?

Creo que son ámbitos distintos. La decisión del Supremo de no tocar la Ley de Amnistía, que también es una posición política consolidada después de la Transición, va más en la dirección de que no queremos enfrentarnos a nuestro propio pasado. Después de más de 70 años desde la Guerra Civil y casi de 40 de democracia, no hemos asumido ni digerido los 40 años de dictadura. Es un elemento nuclear pendiente que tenemos que superar. En la decisión de reducir el principio de jurisdicción universal, en una votación en que coincidieron PSOE y PP, creo que influyeron otros factores: económicos, políticos y diplomáticos. Porque hubo unos precedentes preocupantes en los que desde la Audiencia Nacional se estaba investigando casos de Israel, China y Estados Unidos.

También insta el grupo de expertos a tipificar específicamente el delito de desapariciones forzadas en el Código Penal, con un mensaje implícito que pretendería ir más allá de las interpretaciones de los jueces y que perseguiría legislar, cambiar la ley.

Si se reconoce como delito autónomo, el problema vendrá después por considerar después que la ley es irretroactiva y eso impedirá el conocimiento. Sin embargo, si se califica como delito permanente, estará reconociendo que al día de hoy se sigue cometiendo y por tanto existe la obligación de investigar esos delitos y de dar protección a las víctimas e incluso, si hubiera realmente intención, reparar a las víctimas.

El Tribunal Supremo tuvo la oportunidad histórica de decir que la investigación de los jueces debería continuar para buscar en su caso las responsabilidades que hubiera, describir los delitos cometidos, localizar los cuerpos y definir finalmente la reparación integral de las víctimas. Esa oportunidad la desaprovechó el Tribunal Supremo en plena democracia y esa es la deuda que cada uno de los magistrados tendría que llevar siempre porque dejaron desamparadas a las víctimas.

Y ahora viene el grupo de expertos de la ONU diciendo: ustedes no han hecho lo que deben, no protegen a las víctimas, háganlo. Es muy duro cuando no hay nada que lo impida hacer aquí, porque por el tiempo transcurrido, quién se va a sentir ahora alterado en sus derechos y demás.

Los expertos de la ONU se habrán extrañado al tener que venir a un país desarrollado como España, que presume de ser la 10 potencia económica del mundo y que quiere estar en el G20, a comprobar si aquí se respetan los derechos humanos. Ellos que suelen viajar a países menos desarrollados, como Cambodia que, por cierto, es el único que nos gana en víctimas de la represión política desaparecidas y enterradas en fosas comunes. Una auténtica vergüenza, ¿no cree?

En la época reciente, sí. Porque también hay otro genocidio, el armenio, que también está inmaculado en cuanto a investigación. Pero es verdad que el grupo de trabajo de la ONU que ha estado aquí una semana y el Comité de Desapariciones Forzadas de la ONU, que también va a examinar a España en noviembre en Ginebra, se tiene que haber sorprendido tras oír los testimonios de las víctimas, de los expertos entre ellos los de la fundación que yo presido. Les habrá impresionado también que aún tengamos normas que no nos permiten hacer una lucha efectiva contra el terrorismo si no es recurriendo a normas exorbitantes como la incomunicación o establecer mecanismos para prevenir la práctica de la tortura y los malos tratos, como los que intentamos establecer algunos jueces desde 2006. Es tiempo ya de que el poder judicial en España haga una reflexión profunda de lo que ha sido una falta de compromiso de muchos jueces en la persecución de ese tipo de delitos.

A lo mejor esos colores que nos están sacando los organismos internacionales facilitan esa autocrítica.

Al menos han puesto de relevancia que en Argentina se está haciendo un intento por investigar estos hechos y se le ha pedido al Gobierno español que colabore y que no bloquee.

Los expertos también instan a Gobierno a tomar la iniciativa con un plan de búsqueda promovido de oficio y la actualización del mapa de fosas. Por mucho que diga el ministro de Exteriores García Margallo que el Gobierno estudiará con detenimiento las recomendaciones de la ONU cuando el año que viene sean definitivas, las impresiones preliminares parecen distanciarse mucho de la política del Ejecutivo de Rajoy, que ha dejado sin un euro esta Ley de Memoria Histórica «de alcance limitado» a juicio de estos funcionarios internacionales.

– que una partida presupuestaria del Estado -y seguro que el país no se arruinaría- fuese destinada a la recuperación de la memoria histórica, a una comisión de la verdad, a las exhumaciones de fosas y al mayor acto de reparación colectiva integral que sería la eliminación de esa connotación fascista que tiene el Valle de los Caídos, que es defendida por todo ese sector que dice ahora que se va a pensar lo de las recomendaciones. No hay que pensar nada. Hay que cumplir la ley que implica proteger a las víctimas.

También se han sorprendido de que aquí no se hayan juzgado nunca las desapariciones de la Guerra Civil y el franquismo. Instan a hacerlo y de manera urgente, dada la avanzada edad de las víctimas supervivientes y de los testigos. La justicia en los casos argentino y chileno fue más cercana en el tiempo. ¿Hasta qué punto el factor tiempo es un problema añadido en el caso español?

– Es una omisión gravísima y una continua revictimización de las víctimas que ven frustrado su derecho hasta el punto de que van a perder la vida por razones naturales sin una respuesta. Desde luego, el tiempo no es ningún problema porque hay muchos esfuerzos que se pueden hacer: en los archivos, la recopilación de información deslabazada, iniciativas de protección a las víctimas, la recogida de testimonios o, simplemente la presencia de los jueces… Mire, una víctima es reparada a veces por el simple hecho de estar ante un juez que la trate con justicia y delicadeza y que oiga su historia.

Lo grave de aquí es que el único momento hasta hoy en que siete u ocho víctimas han tenido oportunidad de declarar ante un tribunal fue en el juicio contra mí en el Tribunal Supremo y porque nosotros lo pedimos. Es terrible. Fíjese la contradicción de que tenga que ser en el juicio que le hacen al juez que quiere investigar y que sea el juez el que llame a las víctimas para que declaren ante el tribunal.

Andalucía prepara una Ley de Memoria Democrática que pretende implicar a los jueces en las exhumaciones, al menos según el anteproyecto que estudia el Gobierno de coalición PSOE-IU. Usted que ha sido juez, ¿se imagina a los jueces presenciando a pie de fosa cómo afloran restos humanos con signos evidentes de torturas y muerte violenta?

A los jueces no me los imagino de otra forma. Mi idea de justicia no es la de omisión de esas obligaciones. Un juez al que se le dice que hay restos humanos no puede decir: bueno, sáquenlos ustedes. Hay un mínimo de dignidad y de cumplimiento ético y legal. Tiene que ir, tiene que estar, tiene que identificar y tiene que ordenar que practique lo que proceda. Lo único que no puede hacer es inhibirse. Y eso es lo que han propiciado resoluciones como la del Tribunal Supremo.

http://www.publico.es/472788/garzon-la-eliminacion-de-la-connotacion-

fascista-del-valle-de-los-caidos-seria-el-mayor-acto-de-reparacion-colectiva

1380955924180garzon-gal-1c4Baltasar Garzón.

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UN GRUPO DE EXTREMADERECHA DESTROZA LA FOSA COMÚN DEL PUEBLO VIEJO DE BELCHITE

Escrito por: ARICO MEMORIA ARAGONESA en 06/10/2013

UN GRUPO DE EXTREMADERECHA DESTROZA LA FOSA COMÚN DEL PUEBLO VIEJO DE BELCHITE

ENVIADO POR ARAINFO | ACHENCIA DE NOTICIAS D´ARAGÓN EL 5 OCTUBRE, 2013

La fosa común de Belchite, levantada en nombre de los fallecidos en la Guerra Civil, fue atacada el pasado sábado por grupos fascistas que causaron graves destrozos. El Ayuntamiento de la localidad denunció el hecho ante la Guardia Civil, que identificó a varios ultraderechistas a través de matrículas de coches y se les incautó material que usaron como herramienta para el suceso. Los fascistas se encontraban en el pueblo vecino de Codo celebrando una misa franquista.

El Consistorio de Belchite ya había puesto en aviso a la Guardia Civil al detectarse la convocatoria de la Hermandad Nacional de Banderas de Falange de Aragón, el Movimiento Católico Español y Acción Juvenil Española a través de Internet, ya que este acto no contaba con autorización. Esta concentración se suele hacer casi todos los años, con misa incluida, hasta que se decidió que no podían hacer uso del lugar para exaltar símbolos franquistas y anticonstitucionales.

Además de la fosa, destrozaron varios metros de vallas y se valoran posibles daños en algunas de las iglesias. Algo que no es la primera vez que sucede. Según uno de los vecinos, los ultras reventaron urnas depositadas en el lugar con cenizas de fallecidos del pueblo.

La Coordinadora Antifascista condena este “atentado fascista”

Desde la Coordinadora Antifascista de Zaragoza han mostrado su más firme rechazo ante estos hechos que han definido como un “atentado fascista”. “Unos actos protagonizados, por la ultraderecha más rancia, que se repiten año tras año sin que tengan mayores consecuencias” denuncian.

La Coordinadora, muy sensible con la recuperación de la memoria antifascista, “la memoria de las personas olvidadas y silenciadas durante tantos años”, realizó en 2011, con un miembro de la Asociación Cultural Paniquesa de Belchite, guía habitual del pueblo viejo y gran conocedor de la historia de este municipio (en la República, en la guerra y en la postguerra), una visita al pueblo viejo y una posterior charla en Zaragoza. “Vimos la necesidad de difundir uno de los hechos más olvidado y manipulados de nuestra historia reciente” señalan desde la Coordinadora.

En este sentido, la Coordinadora recuerda que “Belchite ha caído en la desidia y el olvido. Durante años el régimen franquista lo convirtió en un símbolo y manipuló la historia para su propio interés. Por eso creemos importante dar a conocer la otra parte de los hechos, la otra parte de la historia que no nos contaron en los libros” para que no se repitan estos “actos de exaltación fascista”.

http://arainfo.org/2013/10/un-grupo-de-extremaderecha-

destroza-la-fosa-comun-del-pueblo-viejo-de-belchite/

belchite-fosa-comun-ataque-fascista-sep2013

La Coordinadora Antifascista ha condenado este “atentado fascista”. Foto: Agencias

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Observaciones preliminares del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la ONU al concluir su visita a España

Escrito por: ARICO MEMORIA ARAGONESA en 03/10/2013

Observaciones preliminares del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la ONU al concluir su visita a España

Madrid – 30 de septiembre de 2013: El Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre las desapariciones forzadas o involuntarias  visitó España del 23 al 30 de septiembre de 2013. La visita estuvo integrada por dos miembros del Grupo de Trabajo: la Sra. Jasminka Dzumhur y el Sr. Ariel Dulitzky. El objetivo de la visita fue examinar las principales iniciativas y políticas emprendidas por el Estado español sobre cuestiones relativas a las desapariciones forzadas o involuntarias de personas, y analizar en particular los aspectos concernientes a la justicia, la verdad, la reparación y la memoria para las víctimas de desapariciones forzadas. Todo ello a la luz de la Declaración sobre la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (la Declaración). La Declaración refleja, codifica y consolida el derecho consuetudinario internacional que es jurídicamente vinculante para todos los Estados, incluido el español. 

Los expertos se reunieron con diversas autoridades incluyendo: En Madrid, el Secretario de Estado de Justicia; el Secretario de Estado de Seguridad; el Secretario de Estado de Asuntos de Cooperación Internacional y para Iberoamérica; el Sub Secretario a la Presidencia; el Sub Secretario de Defensa; el Director General de Política Exterior, Asuntos Multilaterales, Globales y de Seguridad y la Directora de la Oficina de Derechos Humanos del Ministerio de Asuntos Exteriores; Jueces del Consejo Nacional del Poder Judicial y Fiscales de la Fiscalía General del Estado. El Grupo de Trabajo se reunió también con el Presidente del Senado y la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados así como con la Defensora del Pueblo. En Cataluña, los expertos se reunieron con: la Delegada de Gobierno en Cataluña; el Síndic de Greuges (Defensor del Pueblo) y los directivos del Memorial Democràtic y del Institut Català Internacional per la Pau. En el País Vasco: con el Consejero de Justicia y portavoz del Gobierno Vasco; la Directora de Derechos Humanos del Gobierno Vasco; la Presidenta y la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento Vasco; el Presidente del Tribunal Superior y el Fiscal Superior de Justicia del País Vasco; y el Secretario General del Ararteko (Defensor del Pueblo). En Andalucía: la Vicepresidente de la Junta de Andalucía; el Director General de Memoria Democrática; el Parlamento y el Defensor Adjunto del Pueblo.

El  Grupo de Trabajo quisiera agradecer al Gobierno de España por haberle extendido una invitación para visitar el país, por su amplia y positiva cooperación antes y durante la visita, así como por la franqueza y apertura al diálogo. Asimismo, agradece la información proporcionada durante la visita. También extiende su agradecimiento a las autoridades de las tres Comunidades Autónomas que tuvo oportunidad de visitar.

El Grupo de Trabajo se reunió con cientos de familiares y organizaciones de familiares de personas desaparecidas, así como con otras organizaciones de la sociedad civil, abogados, historiadores, médicos, arqueólogos, antropólogos forenses y académicos. También recibió información directa de algunos testigos de desapariciones forzadas. El Grupo de Trabajo agradece a los familiares, las organizaciones de la sociedad civil, en particular las de familiares de personas desaparecidas y todos los sectores de la sociedad con los que se reunió. Dada la edad avanzada de muchos de los familiares y testigos que vieron por última vez con vida a personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la dictadura resulta esencial que el Estado actúe con la debida urgencia y celeridad en materia de desapariciones forzadas.  

Durante la visita, el Grupo de Trabajo visitó el Valle de los Caídos en Madrid, el Fossar de la Pedrera en Barcelona y las Murallas de la Macarena y la fosa común del Cementerio de Sevilla. Los expertos se reunieron además con el Secretario General de la Conferencia Episcopal.
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En España se cometieron graves y masivas violaciones a los derechos humanos durante la Guerra Civil (1936-1939) y la dictadura (1939-1975). De acuerdo con la instrucción penal llevada a cabo por el Juzgado de Instrucción Penal n° 5 de la Audiencia Nacional, el número de víctimas de desapariciones forzadas del 17 de julio 1936 a diciembre 1951 ascendería a 114.226.

El auto también se refirió al secuestro sistemático de niños – se mencionan en el auto 30.960 niños – de los detenidos republicanos que habrían sido entregados a las familias que apoyaban el régimen de Franco después de que sus identidades fueran supuestamente cambiadas en el Registro Nacional. El Grupo de Trabajo ha recibido información en varias reuniones sobre “robos” o “secuestros” de bebés y niños que habrían ocurrido incluso hasta después del retorno a la democracia.

El Grupo de Trabajo también ha recibido información sobre casos aislados de desapariciones que habrían ocurridos en los años 70 y 80 en el contexto de la lucha anti-terrorista. 

Marco Legislativo

España ha ratificado la gran mayoría de los tratados internacionales de derechos humanos. En particular, el Grupo de Trabajo felicita España por la ratificación de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas así como la aceptación de la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada para recibir y examinar las comunicaciones según los artículos 31 y 32 de la Convención. El Grupo de Trabajo considera de fundamental importancia que España ratifique la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad.

La Constitución española de 1978 incorpora y tutela todos los derechos fundamentales de una manera amplia y generalmente consistente con el derecho internacional. El apartado segundo de su artículo 10  requiere  una interpretación conforme de los derechos con los tratados ratificados por España. Sin perjuicio de ello, en muchos casos de desapariciones forzadas el Grupo de Trabajo ha notado una ausencia o insuficiente análisis de la compatibilidad de la normativa y práctica interna española con las obligaciones internacionales del Estado. El Grupo de Trabajo hace un llamado a la judicatura a realizar un uso consistente de la Declaración y de otros instrumentos internacionales relevantes. También insta al Estado a desarrollar una capacitación mayor a jueces y fiscales sobre la Declaración y otros instrumentos internacionales.

El Grupo de Trabajo ha analizado las disposiciones del Código Penal español indicadas por diferentes autoridades que regularían la desaparición forzada (artículos 163-168 y 530). El análisis individual de estos artículos o la conjunción de todos o algunos de ellos, demuestra que el Código español no contiene un delito autónomo de desaparición forzada ya que los delitos mencionados carecen de todos los elementos constitutivos de una desaparición forzada. No requieren la participación de un agente estatal ni la posibilidad de la tolerancia, aquiescencia, o cooperación estatal en el caso de comisión de una desaparición forzada  por un particular o grupo de particulares. Solo cubren el supuesto de detención ilegal o secuestro cuando la Declaración se refiere a otras posibilidades como el arresto, el traslado contra su voluntad a las personas, o “que éstas resulten privadas de su libertad de alguna otra forma”. Además, la fórmula utilizada por el Código Penal “no dar razón del paradero de la víctima” no es lo suficientemente amplia para abarcar el tercer elemento constitutivo de una desaparición forzada de personas, a saber “la negativa a reconocer la privación de libertad o el ocultamiento de la suerte o el paradero de la protección de la víctima”. Por último, el Código Penal omite estipular que la consecuencia de la desaparición es sustraer a la persona de la protección de la ley. De modo que la tipificación española no es suficiente en materia de desapariciones forzadas.

El Proyecto de Ley Reforma del Código Penal (aprobado en Consejo de Ministros el pasado 20 de septiembre),  no reforma dichos artículos ni incluye la tipificación de la desaparición forzada. Sin embargo, este proyecto de ley representa un avance importante pues eleva las penalidades de los delitos mencionados equiparándolos al homicidio. El Grupo de Trabajo considera que la revisión del Código Penal es una oportunidad para incluir el delito autónomo de desaparición forzada, de acuerdo a la definición de la Declaración.

Las autoridades han informado que el artículo 607 bis del Código Penal bajo la rúbrica “De los delitos de lesa humanidad” recoge la tipificación de los crímenes contra la humanidad tal y como están definidos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Esta inclusión en el Código Penal es bienvenida por el Grupo de Trabajo aunque resulte insuficiente a los efectos de la obligación internacional de tipificar como delito autónomo la desaparición forzada.

Verdad y memoria

Las familias de los desaparecidos en España quieren conocer la verdad sobre la suerte o el paradero de sus seres queridos. Se han creado varias asociaciones de víctimas y hay una vibrante sociedad civil en España que trabaja con ese objetivo. El Grupo de Trabajo ha constatado en varios casos una falta de vínculos y comunicación entre los grupos de víctimas y las autoridades estatales. Los grupos de víctimas, en particular las asociaciones de familiares, no han sido debidamente consultadas ni tenidas en cuenta en el proceso de creación de mecanismos de justicia de transición, lo que resultó en que los mecanismos establecidos no hayan sido suficientes y eficaces. El Grupo de Trabajo insta al Estado español a establecer un proceso regular de consulta con los familiares y las asociaciones de familiares así como a proporcionarles un mayor apoyo institucional y financiero para que puedan jugar un papel fundamental en las cuestiones relativas a las desapariciones forzadas.

En España no existe una entidad estatal con la responsabilidad de ocuparse de todas las cuestiones relativas a las desapariciones forzadas, incluyendo el establecimiento y la gestión de una base de datos central sobre las desapariciones. El Grupo de Trabajo observa que existe una fragmentación y dispersión de la información disponible sobre las desapariciones forzadas durante la Guerra Civil y la Dictadura. Esta información no está centralizada y produce confusión, entre otros, sobre el número de desapariciones forzadas. Una base de datos central es crucial para promover la transparencia, la precisión y certeza sobre la persona desaparecida. Se necesita disponer de datos estadísticos, en particular con el objetivo de aclarar y distinguir entre víctimas de ejecuciones y desapariciones forzadas. Los datos deben desglosarse por sexo, edad, zona geográfica, y el tipo y la ubicación del lugar de desaparición. Estos datos también deben incluir información sobre la fecha y el lugar de enterramiento y eventual exhumación e identificación y la información sobre los miembros de la familia. El Grupo de Trabajo considera que es imprescindible crear una entidad estatal con pleno apoyo institucional encargada de ocuparse de todas las cuestiones relativas a las desapariciones forzadas, incluyendo el establecimiento y la gestión de una base de datos central sobre las desapariciones y reagrupe la información generada por distintas asociaciones de memoria histórica y grupos de investigación. El Grupo de Trabajo entiende que la base de datos elaborada por el Juzgado de Instrucción Penal n° 5, que contiene información sobre más de 114.000 victimas, debería ponerse a disposición del publico de manera inmediata.

El Grupo de Trabajo ha recibido información sobre la capacidad desarrollada en el campo de la ciencia forense y en los historiadores, la cual se ha utilizado parcialmente y en forma no coordinada. Por lo tanto, la responsabilidad de esta entidad debería fomentar la adopción de un plan nacional de búsqueda de personas desaparecidas, la coordinación de las actividades de exhumación e identificación y actualización de los mapas de fosas desarrollados de acuerdo a Ley de Memoria Histórica. La creación de este mecanismo institucional debería mejorar la aplicación de la Ley de Memoria Histórica y promover una mejor comprensión de la naturaleza, las causas y el impacto de las desapariciones forzadas, promover una cultura de responsabilidad y rendición de cuentas, y el respeto del estado de derecho.

El Grupo de Trabajo reconoce la relevancia de la Ley 52/2007, del 26 de diciembre, denominada “Ley de Memoria Histórica” que procura sentar las bases para el desarrollo de políticas en materia de reconocimiento y ampliación de derechos a las víctimas, la promoción de reparaciones y la recuperación de la memoria. Esta Ley reconoce la memoria como un elemento central de reparación de las víctimas. También establece disposiciones para el reconocimiento moral de las víctimas, la provisión de subvenciones, la prohibición de los símbolos conmemorativos franquistas, y la creación de un centro de documentación. Los artículos 11 a 14 de la Ley, referidos a la localización e identificación de personas desaparecidas, procuran responder a la demanda de miles de familiares que buscan conocer la suerte o el paradero de sus seres queridos. Sin embargo, las medidas previstas por la Ley dependen de la iniciativa de los familiares que las soliciten lo que ha creado varias dificultades en el disfrute de los derechos contenidos en la Ley. Según el artículo 11 de la Ley, las administraciones públicas solo tienen la obligación de cooperar con los particulares y facilitar las actividades de indagación, localización e identificación de las personas desaparecidas, transfiriendo de hecho la responsabilidad de estas actividades desde el Estado hacia los familiares. El Grupo de Trabajo subraya que la búsqueda de los desaparecidos no puede ser una tarea o iniciativa de los familiares sino una obligación del Estado. El Estado Español debería asumir el liderazgo y comprometerse de manera más activa y urgente para atender la demanda de miles de familiares que buscan conocer la suerte o el paradero de sus seres queridos desaparecidos durante la guerra civil y la dictadura. Todas las iniciativas relativas a la búsqueda de desaparecidos tienen que ser parte de una política de Estado comprensiva, coherente, permanente, cooperativa y colaborativa.
 
Si bien la Ley de Memoria Histórica establece la obligación de elaborar un protocolo de actuación científica y multidisciplinar para las exhumaciones y la creación de un mapa nacional de fosas comunes,  omite regular el procedimiento y responsabilidad institucional de este trabajo. Ello ha dado como resultado que las familias deban llevar a cabo muchos trámites judiciales y administrativos para obtener la exhumación de los restos y la identificación de las personas desaparecidas sin una claridad del marco legislativo ni administrativo correspondiente. El “Protocolo de actuación en exhumaciones de víctimas de la guerra civil y la dictadura” se ha adoptado en septiembre de 2011 – es decir casi cuatro años después de la adopción de la Ley durante los cuales se realizaron un número importante de exhumaciones. Este Protocolo es importante para proveer de mínimos estándares a todos aquellos equipos científicos que realizan exhumaciones y debería desarrollarse ulteriormente prestando atención a la necesidad de reforzar un enfoque multidisciplinario, que incluya antropólogos, forenses, genetistas y arqueólogos, lo que las víctimas no son capaces de proporcionar y estableciendo claramente las autoridades responsables en cada etapa. El Grupo de Trabajo reconoce que los aspectos forenses son relevantes para la verdad y la justicia y recuerda en su Observación General sobre el Derecho a la Verdad en relación con la desaparición forzada en donde se observa que “los Estados deben adoptar todas las medidas necesarias para solicitar los servicios de expertos forenses y utilizar métodos científicos de identificación hasta donde permitan los recursos disponibles”.

El proceso para determinar el paradero de las personas que desaparecieron en España ha tenido un éxito limitado, con el descubrimiento de varias fosas comunes. Algunos de los factores que contribuyen a este limitado éxito son el tiempo transcurrido desde que las desapariciones tuvieron su comienzo de ejecución, la ausencia o casi nula participación estatal, la carencia de un procedimiento claro, detallado y específico en relación con las exhumaciones e identificaciones, la inexistencia de una base de datos genéticos de familiares de personas desaparecidas. No hay ningún reglamento específico a nivel nacional concerniente a los restos mortales, después de su exhumación.

El Grupo de Trabajo observa que el apoyo que brindan las distintas Comunidades Autónomas depende altamente del partido político gobernante en cada lugar. En algunas comunidades autónomas, de hecho, las autoridades locales han asumido la plena responsabilidad de la exhumación. Mientras que en otras, las administraciones han permanecido completamente ajenas a este proceso. Ello provoca un trato diferente de las víctimas dependiendo del lugar de la fosa y no ofrece igualdad de aplicación de los derechos establecidos en la Ley de Memoria Histórica.

Según la información recibida, desde el año 2006, el Gobierno de España ha destinado más de 25 millones de euros a las diferentes asociaciones de Memoria Histórica, para la ejecución de actividades para la recuperación de la memoria histórica, tales como la localización y exhumación de fosas, organización de actos de homenaje y labores de investigación. La implementación de este aspecto de la Ley de Memoria Histórica ha permitido que se produzca valiosa y cuantiosa información. El Estado español debería compilar, analizar y sistematizar dicha información, para luego ponerla a disposición del público.

Sin embargo, en los dos últimos ejercicios presupuestarios, no se han abierto líneas de financiación para la División de Derechos de Gracia y otros Derechos del Ministerio de Justicia, que tiene ahora la responsabilidad de desarrollar y dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Memoria Histórica a nivel nacional. Esta División ha integrado a inicios de 2012 la Oficina de Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura. Familiares y asociaciones le han expresado al Grupo de Trabajo que, a su entender, el corte de presupuesto, asociado con el cambio de nombre – en donde no se hace referencia alguna a las victimas – no se debería exclusivamente a una reorganización de carácter puramente técnico ni a la crisis económica que afecta el país. El Grupo de Trabajo llama al Estado a proporcionar los fondos adecuados para que la Ley de Memoria Histórica pueda aplicarse eficazmente. 

La Ley de Memoria Histórica también prevé que las Administraciones públicas elaborarán y pondrán a disposición de todos los interesados, dentro de su respectivo ámbito territorial, mapas en los que consten los terrenos en que se localicen los restos de las personas. Este Mapa de Fosas es gestionado por el Ministerio de Justicia; según la información recibida, actualmente se recogen en tal Mapa hasta 2.382 Fosas en todo el territorio nacional.  Sin embargo, se le ha informado al Grupo de Trabajo que no todas las Comunidades Autónomas han realizado estos mapas y que adicionalmente no se actualiza de manera periódica. El Grupo de Trabajo, por otra parte, recibió detallada información sobre la actualización periódica en materia de exhumaciones y localizaciones de fosas comunes en el País Vasco y Andalucía. La información sobre los mapas de fosas debería ser periódica y automáticamente actualizada.

El acceso a la información y a los archivos constituye un problema principal para las víctimas en el proceso de obtención de la verdad. En algunos casos ha habido una destrucción deliberada de documentos. Los archivos de seguridad todavía son de difícil o casi imposible acceso. En general hay una cierta resistencia a desclasificar o permitir el acceso a documentos. Falta una ley integral que regule el acceso a la información y a los archivos, lo que crea una situación por la cual el acceso a los archivos públicos puede estar reglamentado diferentemente en función de las distintas áreas geográficas. Esto crea situaciones en donde es posible que el acceso a la información pueda depender de la buena voluntad y/o la interpretación normativa del particular que atienda la demanda.

El Grupo de Trabajo toma nota de la existencia de una serie de controversias relacionadas con los registros de defunciones así como la veracidad de la información contenida en ellos. Algunos de los libros de registros han sido destruidos, o no se permite el acceso a ellos debido a la protección de datos personales o a otras razones. El Grupo de Trabajo también recibió información sobre el difícil acceso a archivos pertenecientes a la Iglesia Católica.

La legislación sobre la protección de la base de datos de carácter personal es un obstáculo para las víctimas en el acceso a la información. Según la información recibida, las autoridades gubernamentales utilizarían la ley para rechazar el acceso a la información relacionada con la desaparición si la información contiene un dato de carácter personal. La información bajo el control de un organismo público es un valor de bien público y el acceso público a esta información promueve una mayor transparencia y rendición de cuentas. Si la información pública contiene datos personales se tiene que examinar caso por caso para garantizar un equilibrio entre el acceso a la información y la protección de datos de carácter personal. El Grupo de Trabajo en su Observación General sobre el Derecho a la Verdad señaló que, en relación con la desaparición forzada, el derecho a conocer la verdad se refiere «al derecho a conocer los progresos y resultados de una investigación, la suerte y el paradero de las personas desaparecidas y las circunstancias de la desaparición, así como la identidad del autor o los autores de la desaparición».

Existen actualmente iniciativas para adoptar una legislación sobre el acceso a la información, aunque el Grupo de Trabajo entiende que el objetivo de estas iniciativas es proporcionar mayor transparencia sobre las actividades gubernamentales – con el enfoque particular de la lucha contra la corrupción – antes que regular el acceso del público a la información. Una ley podría permitir superar los obstáculos reseñados. España debería promulgar una ley de acceso a la información y un marco legislativo apropiado sobre archivos para garantizar el derecho a conocer la verdad.

La Ley de Memoria Histórica también dispone que las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Sin embargo, el Grupo de Trabajo ha sido informado que esta disposición en varias ocasiones no se ha respetado en la practica. El Grupo de Trabajo recomienda que el Estado vele por el respeto de esta disposición, que es esencial para el respeto de las victimas y el repudio y rechazo social de las violaciones ocurridas, incluidas las desapariciones forzadas.

En materia de memoria y verdad, varias Comunidades autónomas han asumido un importante rol que muchas veces amplían el alcance de la Ley de Memoria Histórica. En las comunidades autónomas visitadas por el Grupo de Trabajo, Cataluña aprobó una Ley (10/2009) sobre la localización e identificación de las personas desaparecidas, y la dignificación de las fosas comunes. En Cataluña se ha favorecido la dignificación de las fosas antes que la exhumación. Cataluña ha creado el Memorial Democràtic como institución encargada de desarrollar las políticas públicas dirigidas a la acción cívica de recuperación, conmemoración y fomento de la memoria democrática. El Grupo de Trabajo observa con preocupación la reducción del presupuesto destinado a las actividades del Memorial Democràtic. El Gobierno del País Vasco ha firmado un convenio de cooperación con la sociedad de ciencias Aranzadi, que ha permitido la realización de un censo de desaparecidos, la exhumación de numerosas fosas y la identificación de víctimas de desapariciones forzadas. Ante cada identificación el Gobierno del País Vasco envía una carta personalizada a las familias con un dossier con toda la información compilada. En Andalucía se llevan a cabo numerosas actividades por la Dirección General de Memoria Democrática tales como concesiones de distinciones honoríficas, subvenciones a ayuntamientos y entidades para realizar construcciones conmemorativas, investigaciones, estudios, jornadas, exposiciones y publicaciones. Ha sido también elaborada una base de datos de represaliados por el franquismo a través del proyecto “Todos los Nombres”.

El derecho a la justicia

La Declaración exige que el Estado español garantice a las víctimas de desapariciones forzadas un recurso efectivo que implique la investigación de oficio seria e imparcial de las desapariciones forzadas a fin de identificar a los presuntos responsables de las mismas e imponerles las sanciones que puedan corresponder. Sin embargo, la combinación de un marco legislativo deficiente, una judicatura que no ha interpretado la ley a la luz del derecho internacional de los derechos humanos, fiscales que no han impulsado las investigaciones y la presencia de una Ley de Amnistía, han creado un patrón de impunidad para los casos de desapariciones forzadas ocurridas durante la Guerra Civil y la dictadura. No hay ninguna investigación judicial efectiva en contra de una persona determinada en curso, ni hay  persona alguna condenada por las desapariciones durante la Guerra Civil y la dictadura.

En diciembre de 2006 un grupo de víctimas presentó una querella colectiva ante la Audiencia Nacional reclamando la investigación judicial de los miles de casos de desapariciones forzadas que se habrían producido en España durante la Guerra Civil y la dictadura. La denuncia fue asignada al Juzgado de Instrucción Penal n º 5 de la Audiencia Nacional. El Juzgado reconoció que los hechos denunciados no habían sido investigados penalmente, calificó a los delitos como crímenes de lesa humanidad e hizo referencia a la existencia de un plan sistemático de ataque para eliminar a los opositores políticos desde el 1936, durante la Guerra Civil y los años posteriores. El juez se inhibió por considerarse incompetente y remitió las actuaciones a los juzgados territoriales pertinentes. Ante una acusación de prevaricato por haber abierto y promovido dicha investigación, el titular del Juzgado de Instrucción Penal n º 5 fue procesado y finalmente absuelto el 27 de febrero de 2012 mediante sentencia del Tribunal Supremo. El Tribunal consideró que el titular del Juzgado de Instrucción Penal n º 5 cometió un error al realizar dichas investigaciones pero que actuó sin el dolo requerido para configurar el delito de prevaricato. Un mes después, el mismo Tribunal Supremo decidió una contienda de competencia en la que determinó que los juzgados territoriales y no la Audiencia Nacional eran los competentes para atender los casos de desapariciones forzadas de la Guerra Civil.

El Tribunal Supremo en sus sentencias de absolución y competencia estableció expresamente que no procede la investigación penal por casos de desapariciones forzadas dado que los casos estarían prescriptos, los presuntos responsables estarían muertos, el carácter continuado de las desapariciones sería una ficción inaceptable jurídicamente y, de todas maneras, sería aplicable a ellos la Ley de Amnistía de 1997. A criterio del Grupo de Trabajo, esta combinación de factores es contraria a los principios que emergen de las obligaciones internacionales de España, incluida la Declaración.  

El Grupo de Trabajo se encuentra especialmente preocupado por el efecto del juicio al Juez  de la Audiencia Nacional, la sentencia del Tribunal Supremo así como la subsecuente decisión del Tribunal Supremo en materia de competencia de los juzgados. La combinación de estos hechos, ha significado en la práctica el cierre, archivo, paralización o mínima investigación de cualquier proceso para esclarecer y juzgar los miles de casos de desapariciones forzadas cometidos durante la Guerra Civil española y la dictadura. Con posterioridad a las decisiones del Tribunal Supremo, prácticamente ningún juez inició, continuó o profundizó ni ningún fiscal impulsó investigación alguna sobre desapariciones forzadas.

La desaparición forzada es un delito continuado y una vulneración permanente de los derechos humanos mientras no se hayan esclarecido la suerte y el paradero de las víctimas (articulo 17 de la Declaración). Una desaparición forzada es un acto único y consolidado y no una combinación de actos aislados e inconexos. Aun cuando varios aspectos de la desaparición forzada puedan haberse completado años o décadas atrás, si otras partes de la desaparición persisten, especialmente si no se determina la suerte o el paradero de la víctima, deberá considerarse el caso por parte de los tribunales penales y no deberá fragmentarse el acto de la desaparición forzada.

Adicionalmente, no se ha tenido en cuenta que el carácter de delito de lesa humanidad de las desapariciones cometidas durante la Guerra Civil y la dictadura. Esta interpretación es contraria a las obligaciones internacionales de España y se recomienda su modificación. El Grupo de Trabajo insta al Estado español a juzgar las desapariciones forzadas a la luz de estas obligaciones internacionales y a establecer legislativamente la imprescriptibilidad de las desapariciones forzadas o la determinación de que la prescripción solo puede comenzar a computarse a partir del cese de la desaparición forzada.

En octubre de 1977, España aprobó una Ley de Amnistía con un amplio apoyo parlamentario. Según la información recibida por el Grupo de Trabajo, las autoridades españolas y gran parte de la sociedad ven a esta Ley de Amnistía como una pieza fundamental que permitió una transición pacifica de la dictadura a un Estado de Derecho. Se le explicó al Grupo de Trabajo que la ley de amnistía española no es una “ley de punto final”. Al respecto, el artículo 18 de la Declaración es categórico en indicar que los autores o presuntos autores de actos de desaparición forzada  no se beneficiarán de ninguna ley de amnistía especial u otras medidas análogas que tengan por efecto exonerarlos de cualquier procedimiento o sanción penal. Una ley de amnistía no debe permitir el término de la obligación del Estado de investigar, enjuiciar y sancionar a los responsables de las desapariciones. El Grupo de Trabajo insta al Estado a adoptar todas las medidas necesarias legislativas y judiciales, para asegurar que las desapariciones forzadas no sean crímenes sujetos a amnistía, en particular privando de todo efecto la Ley de Amnistía de 1977, como ya ha sido recomendado por distintos organismos internacionales.

De acuerdo a la información recibida, cuando se procura proceder a realizar una excavación y exhumación de una presunta fosa común o de algún lugar donde presuntamente podrían estar enterradas personas desaparecidas, los jueces, fiscales o policías no se apersonan bajo el argumento que ello no sería parte de una investigación penal. Esta decisión constituye una omisión grave de parte de las autoridades judiciales y de procuración de justicia de investigar de oficio la potencial comisión de cualquier delito y especialmente una desaparición forzada. Hasta tanto y en cuanto, no se realice la apropiada identificación científica de los restos, fechas y causas de las muertes y no haya una determinación judicial de la configuración de un delito, de los posibles responsables y si operan causas de extinción de la acción o la pena, los jueces no pueden a priori prejuzgar sobre las mismas a riesgo de violar principios fundamentales del derecho. En otros casos, los juzgados se remiten a la Ley de Memoria Histórica debido a que la jurisdicción penal no sería el cauce adecuado para la determinación de la verdad sobre la persona desaparecida. El Grupo de Trabajo llama a que los responsables de la administración y procuración de justicia se apersonen en el momento de las realizaciones de las exhumaciones y luego analicen y actúen sobre los resultados que las mismas arrojan.

La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial en su Articulo 23 recogía una amplia concepción de la jurisdicción universal. Gracias a ello, la justicia española realizó importantísimas contribuciones al desarrollo de la jurisdicción universal mediante la investigación judicial y juzgamiento de casos de crímenes internacionales incluidas las desapariciones forzadas. Esta intervención de la judicatura española fue asimismo esencial para fortalecer procesos judiciales domésticos en los países sobre los cuales se había ejercido la jurisdicción universal, permitiendo que se reabrieran o iniciaran causas por desapariciones forzadas. Ello demuestra la capacidad de la judicatura española de investigar seria y sancionar cabalmente las graves violaciones a los derechos humanos, incluidas las desapariciones forzadas. 

Sin embargo, la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, ha restringido de manera considerable la competencia de los tribunales españoles y la aplicación del principio de jurisdicción universal. En aplicación de esta Ley por lo menos dos querellas que incluían alegaciones de desapariciones forzadas han sido archivadas. El Grupo de Trabajo llama a los tribunales españoles a asegurar que esta reforma no obstaculice el ejercicio de su jurisdicción universal sobre actos de desaparición forzada.

Frente a la referida situación de impunidad de los responsables de desapariciones forzadas durante la Guerra Civil y la dictadura, víctimas españolas han solicitado a los tribunales de Argentina ejercer la jurisdicción universal. El Grupo de Trabajo insta al Estado español a prestar todo el auxilio judicial en lo que respecta a cualquier procedimiento penal relativo a delitos de desaparición forzada que se lleve a cabo en cualquier país por casos de desapariciones forzadas en España.

Concienciación pública, educación en derechos humanos y otras medidas preventivas

Un elemento esencial para evitar que las desapariciones forzadas vuelvan a cometerse en el futuro es que se garantice una profunda conciencia pública de lo que sucedió,  que se eduque adecuadamente a las futuras generaciones sobre el pasado y que  la sociedad y en particular los funcionarios públicos reciban suficiente capacitación en materia de derechos humanos. En este sentido, el Grupo de Trabajo recibió con beneplácito la información de que las capacitaciones destinadas a las Fuerzas Armadas incluyen las asignaturas de derechos humanos y derecho internacional humanitario. El Grupo de Trabajo destaca la importancia de que en la formación del personal militar y de policía, así como del personal médico, los funcionarios y otras personas que puedan intervenir en la custodia o tratamiento de las personas privadas de libertad, se incluya la enseñanza y la información necesarias sobre las disposiciones pertinentes de la Declaración.

Como importante medida preventiva, la Declaración, en sus artículos 10 a 12, requiere que las privaciones de la libertad de las personas se realicen con el más estricto apego a la normativa nacional e internacional relativa a los derechos humanos. Al respecto, los Artículos 509 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establecen un régimen de incomunicación. De acuerdo a la legislación española el juez de instrucción pueda ordenar que una persona detenida permanezca incomunicada hasta cinco días en cualquier caso y hasta 13 días si el detenido es sospechoso de integrar o estar relacionado con bandas armadas o de delitos de terrorismo. Durante ese plazo el detenido no tiene derecho a contar con un abogado de su elección ni consultar con un abogado en privado, ni a comunicarse con un familiar u otra persona de su elección el hecho y lugar de su detención ni a ser examinado por un médico de su elección. El Grupo de Trabajo recomienda que se deroguen los artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que establecen el régimen de incomunicación.

Instituciones nacionales de derechos humanos

La Constitución prevé la creación de un Defensor del Pueblo, mientras que los estatutos de las comunidades autónomas disponen el establecimiento de defensores del pueblo. El artículo 54 de la Constitución define el Defensor del Pueblo como alto comisionado del Parlamento, designado por el Parlamento, con la responsabilidad de defender los derechos contenidos en la Constitución. En cumplimiento de este mandato, el Defensor del Pueblo está facultado para supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta al Parlamento. Además, el Defensor del Pueblo, como defensor de los derechos individuales, puede solicitar el amparo de la persona y tiene poder especial para solicitar la revisión judicial de inconstitucionalidad. El Defensor del Pueblo de España tiene mandato para hacer frente a todas las violaciones de derechos humanos cometidas por la administración del Estado o de la administración de un gobierno autonómico, mientras que el mandato de un Defensor provincial es tratar exclusivamente la violación a los derechos humanos de un gobierno autonómico. En la práctica, no existe claridad de cómo se resuelve un potencial conflicto de responsabilidad en el caso de violación de derechos humanos cometida a nivel autonómico donde ambos Defensores podrían intervenir.

Las instituciones de Defensoría han registrado casos relacionados sobre desapariciones forzadas, en particular los casos de niños robados. El Defensor del Pueblo del País Vasco ha producido importantes estudios en esta materia. Algunas también han procurado resolver los problemas de comunicación entre la administración y las víctimas y sus representantes.

Existe poca coordinación entre el Defensor del Pueblo de España y los defensores de las comunidades autónomas. Los defensores del pueblo estatal y de las comunidades se eligen mediante votaciones por mayoría cualificada por los respectivos Parlamentos, sobre la base de la nominación de los partidos políticos. No existe un procedimiento transparente o de participación de la sociedad civil en el proceso de selección ni garantías de la independencia del Defensor del Pueblo elegido. El Grupo de Trabajo recuerda la necesidad de que la elección del Defensor del Pueblo a nivel estatal y autonómico debe ser realizada de conformidad con los Principios de París.

Plan Nacional de Acción

En España se ha adoptado el Plan Nacional de Acción de Derechos Humanos para el período 2008-2012, mientras que el nuevo Plan Nacional de Acción se encuentra todavía en el proceso de redacción. Según la información recibida, el proyecto de Plan Nacional de Acción no incluye medidas relacionadas con los derechos de las víctimas de desapariciones forzadas. El Grupo de Trabajo recomienda que el proceso de incorporación del Plan Nacional de Acción incluya plena participación de los diferentes Defensores del Pueblo y de la sociedad civil. Asimismo, el Plan Nacional de Acción debe establecer medidas concretas con claros objetivos en tema de desapariciones forzadas.  

Observaciones finales

El Grupo de Trabajo aprecia la información sustantiva que diversas autoridades, organizaciones de la sociedad civil, familiares y víctimas le brindaron con el fin de comprender mejor el fenómeno de las desapariciones forzadas en España.

Desde el retorno a la democracia se han dado tímidos pasos para asegurar la verdad, la justicia, la reparación y la memoria frente a las desapariciones forzadas cometidas durante la Guerra Civil y la dictadura. La adopción de la Ley de Memoria Histórica, los cientos de exhumaciones, el mapa identificando la ubicación de fosas comunes, las subvenciones a víctimas, el proceso penal iniciado por el Juzgado de Instrucción Número 5 de la Audiencia Nacional, los memoriales construidos, las leyes y protocolos adoptados e instituciones creadas por Comunidades Autonómicas como Cataluña, el País Vasco, Andalucía, representan avances concretos y valorables.

Estos avances se han logrado gracias a iniciativas, muchas de las cuales han sido impulsadas  o llevadas a cabo principal o exclusivamente por familiares de las víctimas o por la sociedad civil y algunos sectores estatales, principalmente en algunas comunidades autónomas. El Estado debería asumir su responsabilidad y un rol de liderazgo para asegurar que estas iniciativas son parte de una política de Estado comprensiva, coherente y permanente, cooperativa y colaborativa. Todas las actividades en materia de desapariciones forzadas deben tener en cuenta la perspectiva de género.

En todos los sitios visitados durante esta semana el Grupo de Trabajo se ha reunido con centenares de familiares. Prácticamente todos han manifestado una profunda frustración frente a los obstáculos administrativos y las dificultades a acceder a la información necesaria para esclarecer la suerte y el paradero de sus seres queridos. Dado el trascurso del tiempo desde que la mayor parte de las desapariciones forzadas comenzaron a ejecutarse  y la edad muy avanzada de muchos testigos y familiares es urgente que el Estado ponga como una inmediata prioridad la búsqueda de la verdad y en particular sobre la suerte y el paradero de las personas desaparecidas. El Grupo de Trabajo reitera que “Existe una obligación absoluta de tomar todas las medidas necesarias para encontrar a la persona, pero no existe una obligación absoluta de obtener resultados. De hecho, en determinados casos, el esclarecimiento es difícil o imposible […] Con todo, el Estado tiene la obligación de investigar hasta que pueda determinar, por presunción, la suerte o el paradero de la persona.”  

Otros importantes desafíos  persisten en España. El Grupo de Trabajo desea llamar la atención especialmente sobre el limitado alcance de la Ley de Memoria Histórica y la carencia de presupuesto para su implementación, la vigencia de la Ley de Amnistía, la impunidad para todos los casos de desapariciones forzadas, la ausencia de un delito autónomo de desaparición forzada, la falta de una ley de acceso a la información y la dificultad para acceder a los archivos, la carencia de un plan nacional de búsqueda de personas desaparecidas, entre otros.

El Grupo de Trabajo subraya que los derechos procesales a una investigación, a la verdad y a la justicia son igualmente fundamentales para la percepción de reparación de las víctimas. Incluso, en algunos casos, el proceso de verdad y justicia puede constituir en sí mismo una forma de reparación.  

El Grupo de Trabajo reitera su solidaridad con las víctimas de desaparición forzada y sus familias. Su constante sufrimiento es la prueba palpable de que la desaparición forzada es un delito continuado y una permanente violación de los derechos humanos hasta que la suerte o el paradero de la víctima se hayan esclarecido.

El Grupo de Trabajo insiste que estas son observaciones preliminares. El análisis de la información recibida durante y con posterioridad a la visita, así como la valoración relativa a los lugares visitados, serán considerados en la elaboración del informe que se presentará al Consejo de Derechos Humanos. El Grupo de Trabajo manifiesta su disposición para continuar el diálogo constructivo con el Estado español y expresa su ofrecimiento para brindar su asistencia en la plena aplicación de la Declaración.

http://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=13800&LangID=S

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“NO HACE FALTA ANULAR LA LEY DE AMNISTÍA PARA ENJUICIAR LOS CRÍMENES DEL FRANQUISMO”

Escrito por: ARICO MEMORIA ARAGONESA en 02/10/2013

“NO HACE FALTA ANULAR LA LEY DE AMNISTÍA PARA ENJUICIAR LOS CRÍMENES DEL FRANQUISMO”

MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ARIAS, EXPERTO EN DERECHO PENAL INTERNACIONAL, EXPLICA, EN DECLARACIONES ANUEVATRIBUNA.ES, LA IMPORTANCIA QUE HA SUPUESTO LA VISITA A ESPAÑA DE UNA DELEGACIÓN DE NACIONES UNIDAS Y EL ALCANCE DEL INFORME QUE SE DARÁ A CONOCER EN UNOS MESES. EN ESE SENTIDO VALORA MUY POSITIVAMENTE QUE LOS MIEMBROS DE LA ONU RECUERDEN AL ESTADO ESPAÑOL SU OBLIGACIÓN DE BUSCAR A LOS DESAPARECIDOS DEL FRANQUISMO AL MARGEN DE “FALSOS DEBATES” EN TORNO A LA ANULACIÓN DE LA LEY DE AMNISTÍA O LA TIPIFICACIÓN PENAL DEL DELITO DE DESAPARICIÓN FORZADA. 

NUEVATRIBUNA.ES | POR ISABEL G. CABALLERO. | 01 OCTUBRE 2013

“España está obligada a enjuiciar crímenes de lesa humanidad por encima de cualquier ley de amnistía, está obligada a considerar imprescriptible cualquier crimen de lesa humanidad y está obligada a perseguir las desapariciones forzadas aunque no tenga la figura expresa de desaparición forzada en su ordenamiento jurídico. Eso es independiente, porque son obligaciones internacionales de cualquier Estado de las Naciones Unidas y surgen de Nuremberg directamente [Juicios de Nuremberg 1945]. Que España no haya hecho ninguna de esas cosas no puede servir de parapeto al Estado español para decir, ‘no, mire usted, es que como no lo tenemos firmado…’ No, no, España tiene que cumplirlo exactamente igual”.

Así de rotundo se manifiesta Miguel Ángel Rodríguez Arias en declaraciones anuevatribuna.es, sobre la obligación que tiene el Estado español de buscar a los desaparecidos del franquismo (114.000), requerimiento hecho, precisamente, por el grupo de trabajo sobre desapariciones forzadas perteneciente al Alto Comisionado de Derechos Humanos de Naciones Unidas en su avance de conclusiones tras su visita a España. Es más, recuerda Rodríguez Arias, los miembros de la ONU ponen de relieve el “deber per se” que tiene el Estado español de buscar a los desaparecidos creando un órgano nacional de búsqueda de desaparecidos y juzgar a los responsables, independientemente de otras cuestiones que a juicio de este experto no tienen relevancia jurídica en materia de derechos humanos.

El problema, indica este experto en Derecho Penal Internacional y autor de las primeras investigaciones jurídicas sobre los crímenes de desaparición forzada del franquismo, es que al hilo de las manifestaciones hechas por los miembros de la ONU se generan “falsos debates” en torno, principalmente, a tres cuestiones: La ley de Amnistía, la tipificación de los crímenes de desapariciones forzadas y la imprescriptibilidad.

“La Ley de Amnistía no tiene ningún efecto jurídico sobre crímenes de lesa humanidad. Ninguna ley de amnistía la tiene”, afirma. Decir lo contrario, a su juicio, significa “dar argumentos a quienes nos dicen que no la anulemos”. Lo mismo ocurre con la prescripción de dichos delitos aunque España no haya firmado la Convención de la Imprescriptibilidad, porque “firme o no firme, los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles desde poco después de Nuremberg, de las resoluciones de Naciones Unidas”.

Y por último, la otra cuestión que según Rodríguez Arias genera ese “falso debate” que denuncia es crear un tipo penal como delito de desaparición forzada y se pregunta: “¿Por qué España no ha recogido en las figuras de lesa humanidad del artículo 607 bis [Código Penal] que reformó en 1995 o las que hizo en 2001 cuando España ratifica el Estatuto de Roma? ¿Por qué España no modifica y adecúa la legislación penal interna española al delito de desaparición forzada? Porque hay una dejadez o un desinterés que no es casual, es también una forma de impunidad, el ser negligente a conciencia de que hay obligaciones internacionales que mejor no recalcar demasiado».

En opinión de Rodríguez Arias, todas estas cuestiones pueden ser válidas a efectos aplicativos pero “no son la fuente de la obligación internacional“, porque aunque España no lo haga “no libera al Estado español de su obligación” y al revés, “luchar para que se haga no es condición para que se pueda aplicar, se tiene que aplicar desde ya”, reitera.

EL DELITO DE DESAPARICIÓN FORZADA NO PRESCRIBE

Rodríguez Arias explica que los delitos de desapariciones forzadas no prescriben. Se trata de un delito de “consumación permanente”. Eso significa que se reitera desde el momento en que se produce la desaparición, «se consuma día a día, todos los días, ayer, hoy y mañana hasta que el desaparecido aparezca vivo o muerto. Por eso, hasta que el desaparecido no aparezca y se cierre así la fase de consumación, el plazo de prescripción ni tan siquiera puede empezar a correr». Pero, hay más, en el caso de que aparezca, al ser un delito de lesa humanidad tampoco puede prescribir, explica.

El delito de desaparición forzada es el más grave, “el núcleo duro” de las 11 formas que se recogen en los crímenes contra la humanidad. Y lo es porque “se prolonga en el tiempo, no solo hace desparecer a la víctima, sino que somete a tortura y trato inhumando a todo el entorno familiar”. “Cuando los nazis inventaron la desaparición forzada lo hicieron con esa específica finalidad”. Por ello –concluye- “supone una barbaridad jurídica, una aberración jurídica, decir que ha prescrito. Es un argumento insostenible desde el punto de vista de un jurista”.

NO SON ‘NIÑOS ROBADOS’ SON DESAPARICIONES FORZADAS INFANTILES

Otra de las cuestiones que resalta Rodríguez Arias es el hecho de que la ONU considere los miles casos de “niños robados” (muchos de ellos están siendo archivados bajo el argumento de la Ley de Amnistía) también como un delito de desaparición forzada infantil y que atienda todos los casos, los de la dictadura y los de los primeros años de la democracia (se han dado casos hasta en la década de los años ’90): “No puede haber distinciones, lo importante es que sean niños desaparecidos”, independientemente de que “el motivo del verdugo sea persecución política o de lucro económico”.

Rodríguez Arias, que colabora como letrado para el colectivo de niños perdidos de Canarias, añade que en el caso de los niños el delito de lesa humanidad está agravado. Afirma que “la teoría de la monja solitaria es una forma de impunidad. Una monja loca, solitaria, que se dedicaba a robar niños y que era muy hábil y se las apañó sola, no es verdad”, ironiza. En ese sentido destaca que los miembros de la ONU también abren una vía para la propia Iglesia Católica, “de cómo y dónde se produjeron muchos de estos casos” y “los lugares de detención y desaparición clandestina”. Muchos de ellos son conventos reconvertidos en prisión. “Estamos hablando que se destinaron templos de la Conferencia Episcopal Española ‘presuntamente’, que hubo participación ‘presuntamente’ de personal religioso, las denominadas monjitas-guardianas y eso tiene profundísimas implicaciones. La implicación de la Iglesia. Hay que entrar a averiguar en qué lugares. Ya desde la guerra se usan conventos como centros de detención ilegal, a las madres republicanas se les detiene sin cargos, es una detención ilegal, viola la Convención de Ginebra sobre prisioneros de guerra y la Convención de la Haya y tiene profundísimas implicaciones para el Estado español y para el Estado Vaticano”.

Rodríguez Arias también resalta el despropósito que supone la exhumación de fosas por parte de los familiares sin intervención judicial: El poder judicial no se quiere dar por enterado de las obligaciones internacionales de España”, afirma. En su opinión, lo que se debía haber hecho en España durante la Transición es renovar a los jueces, al igual que se hizo con la cúpula militar. “Se está haciendo una especie de exhumaciones ‘ikea’, ‘exhumelo usted mismo’ y eso es un despropósito completo, nos sitúa en la dirección contraria”.

Según afirma, “en España, ahora mismo, con las leyes que tenemos debería ser perfecta y absolutamente aplicable todo el entramado de crímenes contra la humanidad. Si además se reforma y se mejora, se facilitará a efectos aplicativos, a efectos de que el último juez de la última localidad de España sepa y entienda más fácilmente”.

Por último, se muestra muy crítico con la Ley de la Memoria que aprobó el Gobierno de Zapatero y que «añadió otro elemento de impunidad» al dejar en manos de los familiares la búsqueda de los desaparecidos. “Tuvo una ocasión histórica, de hacer una ley ordinaria, crear un órgano de búsqueda y que el Estado comenzara a buscar. Y lo que hizo es copiar la orden de Franco del 1 de mayo de 1940 en lugar de haber copiado al Tribunal de Derechos Humanos”.  Asegura que dicha ley –“motivo de vergüenza para el PSOE”- viola hasta 20 artículos de tratados internacionales de derechos humanos. «El Estado no tiene que dar subvenciones, ni exenciones fiscales como hizo Franco, tiene que buscar, exhumar y sobre todo los niños, que están vivos, que se mueven, localizarlos es mucho más difícil. A la ley hay que darle la vuelta como un calcentín y que haga exactamente lo contrario de lo que hace ahora”.

Rodríguez Arias concluye que existe un principio de justicia universal “hay unos deberes internacionales de todos los Estados de la comunidad internacional”. En su opinión, “es ya un gran logro” las primeras conclusiones de la ONU. “Lo interesante será que ese informe nos dé un reconocimiento internacional, ante cualquier embajada, ante cualquier juez, no solamente español sino de terceros Estados, sería posible actuar por la vía de la justicia universal, hay otras posibilidades además de Argentina, ese informe sienta una base a efectos de la comunidad internacional. De puertas para adentro nos dirán las mismas cosas pero ya sabemos que fuera de España ellos van a tomar de referencia lo que diga el informe”.

http://www.nuevatribuna.es/articulo/sociedad/no-hace-falta-anular-ley-

amnistia-enjuiciar-crimenes-franquismo/20131001190607096908.html

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