Tramitan el fallecimiento de un desaparecido hace 70 años
Escrito por: ARICO MEMORIA ARAGONESA en 25/04/2010
Tramitan el fallecimiento de un desaparecido hace 70 años
Una familiar del hombre, al que se le perdió la pista cuando tenía 34 años, promovió el expediente
MARTA FONTÁN Al vigués Emilio González Martínez se le perdió la pista el 21 de julio de 1936. Entonces tenía 34 años de edad. Si a día de hoy aún viviese ya habría cumplido los 108. El hecho de que desde su desaparición su cuerpo nunca haya aparecido provoca la contradictoria situación de que, a efectos legales, todavía se le considere una persona viva. Por este motivo, un juzgado vigués ha iniciado a petición de una familiar los trámites para proceder a la declaración de fallecimiento de este hombre, un documento que permitirá oficializar su muerte.
Casos como el de Emilio González, que nació en Teis a principios del siglo pasado, no son demasiado frecuentes en los juzgados vigueses. «En los 17 años que llevo aquí sólo hemos registrado una declaración de fallecimiento», ilustra el secretario de uno de las salas de Primera Instancia. Las causas que llevan a las familias a promover estos expedientes sobre sus antepasados suelen estar relacionadas con las herencias. Mientras a la persona desaparecida no se la declare judicialmente muerta, algo que regula el Código Civil, sus bienes –inmuebles, tierras, etcétera– no pueden ser repartidos entre sus sucesores, pasen los años que pasen.
En Vigo, como en el resto de los juzgados gallegos, la gran mayoría de los casos se refieren a emigrantes de los que nunca se volvieron a tener noticias; personas que participaron en la Guerra Civil o marineros que desaparecieron en hundimientos de barcos y cuyos cadáveres nunca pudieron recuperarse. «En el caso de los naufragios la problemática existente llevó a que se reformase la ley para acelerar los trámites; si en la mayoría de los supuestos hay que esperar diez años desde que desapareció la persona ausente, en los naufragios la declaración de fallecimiento se puede hacer a los seis meses», explica una jurista. «Así se facilita por ejemplo que las mujeres de estos tripulantes accedan una pensión de viudedad», concreta el abogado Carlos Borrás.
En ocasiones, las motivaciones que llevan a pedir que se acredite una muerte también pueden ser la intención de disolver un matrimonio o simplemente «cerrar la herida» que se abrió tras no volver saber nada de un familiar.
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Estos expedientes que deben resolver los juzgados de Primera Instancia tienen que ser publicitados. Por eso se publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en forma de edicto «para que los que tengan noticias de su existencia [de la del desaparecido] puedan ponerlas en conocimiento del juzgado y ser oídos».
Y no sólo eso, porque el juez demanda pruebas que certifiquen que no se volvió ver con vida a esa persona. A veces, el propio paso del tiempo es una evidencia suficiente para cualquier magistrado. «Si es alguien que ahora cumpliría 130 años, está claro que no hay dudas de su muerte», concluye un letrado.
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